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RESOLUCIONES COE NACIONAL Jueves 17 de febrero de 2022

Posted on 18 de febrero de 202218 de febrero de 2022 By sonoonda No hay comentarios en RESOLUCIONES COE NACIONAL Jueves 17 de febrero de 2022

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, en sesión permanente del día jueves 17 de febrero de 2022, por unanimidad de los miembros plenos presentes, resolvió:

  1. Conocer el informe de la situación epidemiológica y el registro de casos COVID-19 en el país, actualizado al 17 de febrero del 2022 presentado por el Ministerio de Salud Pública, con base en la reducción de la tasa de incidencia, positividad y velocidad de contagio, reducción en la ocupación hospitalaria en las áreas de hospitalización y UCI, reducción de atenciones por afecciones respiratorias así como el avance en la cobertura de vacunas a nivel cantonal; el cual evidencia que existe una reducción en la incidencia de contagios de la COVID-19 con relación a las últimas semanas; por lo tanto, se elimina el esquema de clasificación según semáforo de riesgo epidemiológico de COVID-19 a partir del día lunes 21 de febrero a las 00:01.
  2. A partir del 21 de febrero del 2022 a las 00:01, se adoptarán las siguientes medidas generales de prevención aplicable a todo el territorio nacional, en el marco de las competencias del gobierno central y gobiernos autónomos descentralizados conforme corresponda:

Medidas de bioseguridad.

  • Uso de mascarilla en espacios cerrados, transporte público y espacios abiertos.
  • Presentación de certificado de vacunación con código QR o carnet para ingreso a actividades no esenciales y transporte.
  • Mantener espacios ventilados y facilitar el distanciamiento físico.
  • Lavado frecuente de manos o uso de alcohol gel.
  • Protocolo de bioseguridad y aforo de Ministerio de Educación y SENESCYT para establecimientos educativos respectivamente.
  • Trabajo presencial manteniendo medidas de bioseguridad y certificado de vacunación en entidades públicas y privadas.
  • Se elimina la obligatoriedad de medición de temperatura corporal previo al ingreso en lugares de atención al público. Aforos y uso de espacios públicos.
  • 80% de aforo en actividades esenciales: (Mercados, Entidades financieras, Servicios Públicos)
  • 80% de aforo interno y 100% exteriores en actividades no esenciales: Restaurantes, Cines, Circos y Teatros (sin venta y consumo de alimentos y bebidas), Gimnasios, Balnearios.
  • 60% de aforo interno y 75% en exteriores en actividades no esenciales como: Bares, Karaokes, Discotecas, Centros de tolerancia, y similares.
  • 100% de aforo actividades al aire libre: Playas, parques, espacios abiertos
  • Actividades masivas, sujetas a recomendación del COE: Estadios 60%, Conciertos en espacios abiertos 75%
  • Transporte público todos sentados.
  1. Exhortar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador en función de sus competencias, emitir la normativa correspondiente a fin de dar cumplimiento de las medidas de salud pública conforme a los lineamientos de aforos para atención de las actividades que se desarrollen a partir del lunes 21 de febrero a las 00:01.
  2. Conocer los lineamientos del Ministerio de Educación:
  3. a) En el régimen Costa-Galápagos, el Ministerio de Educación continuará con la aprobación de nuevos planes institucionales de continuidad educativa (PICE). Hasta finalizar el año lectivo 2021-2022 la asistencia presencial de estudiantes se llevará a cabo de forma voluntaria con aforo máximo de 2.25m2 por persona en todos los grados y cursos, en todos los sostenimientos. Las instituciones podrán dividir a los estudiantes por grupos u horarios diferenciados. Cuando un grado o curso haya superado el 85% de sus estudiantes vacunados con dos dosis, la institución educativa podrá, en acuerdo con las familias, tener asistencia presencial de todos los estudiantes en ese grado o curso.
  4. b) En el régimen Sierra-Amazonía, el Ministerio de Educación continuará con la aprobación de nuevos planes institucionales de continuidad educativa (PICE) hasta febrero 2022. Asistirán de manera presencial de todos los estudiantes en todos los niveles educativos de todos los sostenimientos, respetando el uso de la mascarilla, lavado y desinfección de manos. Solamente los estudiantes de educación inicial, básica elemental y básica media de zonas urbanas, asistirán voluntariamente a la presencialidad en aforos máximos de 2.25m2 por persona hasta el viernes 11 de marzo; a partir del lunes 14 de marzo todas las instituciones del régimen Sierra-Amazonía se acogerán a la asistencia presencial de todos los estudiantes.
  5. c) El Ministerio de Educación determinará cuando sea pertinente implementar planes de contingencia en instituciones educativas seleccionadas. Los planes de contingencia se definen como estrategias innovadoras para garantizar la continuidad del servicio educativo para estudiantes que están matriculados en instituciones educativas que, por deterioro de la infraestructura o una asignación superior al aforo máximo de estudiantes por aula (sobre aforo), no pueden retornar en jornadas completas a la presencialidad; de esta manera, se asegura su integridad física, su salud y la calidad educativa.
  6. Disponer un aforo 100% en instituciones de educación superior conforme las medidas de bioseguridad establecidas en la Política Pública para el Retorno Seguro a la Educación Superior de la Senescyt, desde el 21 de febrero del 2022 a las 00:01.
  7. Disponer a la MTT6 y a la MTT2 que reforme la “Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003, Versión 7.0” aprobada por la MTT6, con el fin de que en todo el sector público se retome el trabajo presencial con el 100% de aforo.
  8. En función de los Lineamientos para la Reapertura de la Frontera de Ecuador con Perú presentados por los Ministerios de Salud Pública, Transporte y Obras Públicas y Cancillería del Ecuador, que fueron aprobados por el COE Nacional, disponer:
  9. a) La apertura inmediata por los pasos fronterizos de “Huaquillas” y “Macará”, para el ingreso y salida de vehículos de todas las modalidades de transporte, así como de flujos peatonales, cumpliendo todas las medidas de bioseguridad y los requisitos de ingreso establecidos por la autoridad sanitaria nacional.
  10. b) El horario autorizado para el cruce de fronteras será las 24 horas para el transporte de mercadería y de 8:00 a 17:00 para el resto de transporte y flujos peatonales.
  11. c) La evaluación de los impactos generados por estas resoluciones, se la llevará a cabo 30 días posterior al inicio de la aplicación de las mismas.
  12. d) Esta disposición entrará en vigencia a partir del viernes 18 de febrero del 2022 a las 09h00.
  13. Conocer la solicitud presentada por Presidente de Barcelona Sporting Club, para ampliar el aforo para el partido de Copa CONMEBOL Libertadores a desarrollarse el miércoles 23 de febrero de 2022. Al respecto, disponer un aforo sugerido del 60%, para lo cual, se solicita al Ministerio de Gobierno instruya al Intendente de la Provincia correspondiente, para que previa revisión del cumplimiento de requisitos conforme la Ley Orgánica de Prevención y Sanción de Violencia en el Deporte, otorgue los permisos pertinentes, sin perjuicio de las competencias que correspondan a los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Dado y acordado en la sesión Plenaria del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, el jueves 17 de febrero de 2022.

Juan Ernesto Zapata Silva Director General Servicio Integrado de Seguridad ECU 911 Presidente del COE Nacional L

COVID, NACIONAL

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