Los jueces provinciales Silvana Caicedo (ponente), Kléber Franco y Juan Camacho instalaron la audiencia de apelación del hábeas corpus otorgado al exvicepresidente Jorge Glas. La diligencia se inició en la Corte Provincial de Santa Elena, a las 9:30, de este miércoles 18 de mayo de 2022.
Este caso se remonta al 9 de abril de este año. Ese día, Glas se benefició de un hábeas corpus para salir de la cárcel de Cotopaxi, donde cumplía sentencias por actos de corrupción.
La defensa del exvicepresidente argumentó que su cliente sufría enfermedades físicas (hipertensión, gastritis, espondilitis anquilosante) y trastornos psicológicos, que no han sido tratados de forma adecuada. Por eso, el juez de Manglaralto, Javier Moscoso, le otorgó esa medida constitucional y dispuso su inmediata libertad.
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) y la Procuraduría General del Estado apelaron esa decisión de Moscoso.
¿Qué puede ocurrir en la diligencia?
Expertos constitucionalistas y magistrados provinciales de otras dependencias judiciales sostienen que la audiencia de apelación del hábeas corpus de Jorge Glas abre tres posibles escenarios de resolución.
1.- Revocar el hábeas corpus: En este caso, Glas tendría que volver a la cárcel de Cotopaxi para cumplir sus sentencias. El también exministro de Rafael Correa tiene dos condenas ejecutoriadas (tres instancias judiciales ratificaron las penas). La primera es de seis años por asociación ilícita por la trama de corrupción de Odebrecht. La segunda es de ocho años de cárcel por cohecho en el caso Sobornos. En cambio, una tercera condena aún está en apelación. Se trata de una sentencia de ocho años por peculado en el caso Singue.
2.- Ratificar el hábeas corpus: Esto implicaría que se mantienen las medidas impuestas por el juez Javier Moscoso. De esa forma, Jorge Glas terminaría de cumplir sus sentencias en libertad. Es decir, ya no tendría que volver a la cárcel, sino solo cumplir con las órdenes del magistrado de Manglaralto. Él dispuso la presentación ante la Presidencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas el primer lunes de cada mes y también la prohibición de salida del país.
3.- Revocar parcialmente el hábeas corpus: El Tribunal de Santa Elena puede revocar la orden de libertad y disponer que Glas sea trasladado a otro centro carcelario, con la finalidad de precautelar su vida e integridad. También puede ordenar que el exvicepresidente vuelva a la cárcel de Cotopaxi y que allí reciba atención médica periódica. O puede ordenar el traslado temporal a un hospital o a un centro de rehabilitación mental.
Fuente: El Comercio