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Ausencia de control efectivo por parte del Estado de las cárceles, sistemas de autogobierno, corrupción, e insuficiencia de personal de seguridad, entre las falencias detectadas por CIDH

Posted on 17 de marzo de 202217 de marzo de 2022 By sonoonda No hay comentarios en Ausencia de control efectivo por parte del Estado de las cárceles, sistemas de autogobierno, corrupción, e insuficiencia de personal de seguridad, entre las falencias detectadas por CIDH

Tres meses después de su visita a Ecuador por la crisis carcelaria, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha emitido desde Washington, este jueves 17, un extenso informe de 101 páginas en el que describe las falencias de un sistema penitenciario ‘colapsado’.

La visita de los comisionados se produjo en diciembre pasado luego de crueles masacres ocurridas en Guayaquil y otras cárceles, y que en el 2021, en solo 8 eventos, dejaron 316 internos muertos.

Una ausencia de control efectivo por parte del Estado de los centros penitenciarios, sistemas de autogobierno, corrupción, e insuficiencia de personal de seguridad, son parte de las principales causas de la violencia intracarcelaria que la CIDH identifica en su informe.

“Uno de los problemas apremiantes en las cárceles donde han ocurrido los hechos más graves de violencia es la falta de control efectivo por parte del Estado de los centros penitenciarios”, cita el informe.

Los comisionados anotan que el Estado reconoció que las cárceles en donde han ocurrido los hechos violentos de esta crisis carcelaria, están siendo dominadas por grupos del crimen organizado, incluso vinculados con bandas internacionales. Y que eso habría derivado en que los centros se rijan en la práctica por sistemas de “autogobierno”, lo que implica que el control intramuros sea ejercido por parte de las propias personas detenidas.

En este contexto, según el informe, los líderes de estos grupos cobran precios ilegítimos y abusivos a los otros internos por sus celdas y camas, así como para el acceso a servicios. Incluso, las llaves de ingreso a pabellones están en posesión tanto de las autoridades como las personas privadas de libertad.

Dentro del informe se refiere también que la falta de control en los centros facilitaría el ingreso de drogas y armas a los centros penitenciarios. A esto se le suma la insuficiencia de agentes penitenciarios dedicados a la vigilancia y control de los centros, y que dicho personal no cuenta con equipo, formación y preparación requerida.

El informe señala que Ecuador atraviesa por una “grave crisis penitenciaria de naturaleza estructural”, caracterizada por niveles de violencia y corrupción sin precedentes dentro de las prisiones, y que responde al abandono del sistema penitenciario por parte del Estado desde hace años atrás, así como a la ausencia de una política criminal integral.

La comisión advierte la falta de medidas estatales dirigidas a la prevención y control de la delincuencia mediante un enfoque de derechos humanos que atienda a las causas que originan la misma.

En este sentido, dice, se observa la utilización de una política que privilegia el encarcelamiento para resolver los problemas de seguridad ciudadana. Lo anterior, a su vez, ha resultado en un incremento exponencial del encarcelamiento durante los últimos años, excesivo uso de la prisión preventiva, obstáculos para sustituir medidas alternativas a la privación de libertad, e imposibilidad de garantizar la reinserción social de las personas detenidas.

A la comisión le llamó la atención el notable crecimiento de las tasas de población carcelaria en el país, en particular, del 469,29 % durante los últimos 20 años.

Según los datos que proporcionó el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) a la CIDH, al 29 de noviembre de 2021 había 36.599 personas privadas de libertad. Estas se encuentran alojadas en 36 centros de detención –distribuidos en “centros de privación de la libertad” (CPL), “centros de privación provisional de libertad” (CPPL) o “centros de rehabilitación social” (CRS), ubicados a lo largo del país en nueve zonas geográficas.

“La CIDH advierte que este fenómeno deriva principalmente de la adopción de políticas que proponen mayores niveles de encarcelamiento como solución a la inseguridad, a través de privilegiar la aplicación de prisión preventiva y de la obstaculización de imposición de beneficios penitenciarios dirigidos a la excarcelación”, señala.

Dificultades del modelo de megacárceles

La comisión ha indicado que los megacomplejos penitenciarios ocasionan diversas problemáticas, tales como la generación de condiciones contrarias al principio de individualización de la ejecución de la pena, el incremento de la vulnerabilidad de las personas pertenecientes a grupos en situación especial de riesgo, y la dificultad de que los agentes de custodia ejerzan efectivamente el control interno de las instalaciones.

“Esta situación se observa claramente en la crisis penitenciaria que actualmente atraviesa Ecuador”, subraya esta instancia de la CIDH.

Las masacres

Sobre las masacres, la CIDH indica que la información recibida por parte del Estado es que la mayoría de los internos que fallecieron eran personas jóvenes que se encontraban en prisión preventiva acusadas por la comisión de delitos menores. Incluso, algunas de las personas que perdieron la vida en estos sucesos de violencia contaban con la boleta de excarcelación.

“La CIDH observa con preocupación que según la información recibida, un alto número de personas privadas de libertad que fallecieron en los hechos de violencia eran personas jóvenes que se encontraban en prisión preventiva acusadas por la comisión de delitos menores”, señala.

Dentro de estos casos se señala la situación de Leonardo González, quien tenía boleta desde junio de 2021, tras haber cumplido su condena de ocho meses de prisión. Además, se menciona el caso de Erick Ortiz Segura, quien habría cumplido con su sentencia a inicios de noviembre y contaba con boleta de excarcelación firmada el 9 de noviembre. Fue recibida en el centro de detención el mismo día que fue asesinado, el 12 de noviembre.

Medidas adoptadas por el Gobierno

En su informe, la comisión “saluda” algunas medidas adoptadas por el Gobierno frente a la crisis penitenciaria. Allí, se incluye la realización de acciones dirigidas para contar con un censo de población, aplicación de la figura de indulto, creación de comisiones para trabajar el tema de seguridad, acciones implementadas por el Directorio Técnico del SNAI a fin de fortalecer el sistema penitenciario, y la búsqueda de fórmulas para dotar de institucionalidad al sistema penitenciario.

Recomendaciones frente a situación

La comisión CIDH incluye una serie de recomendaciones que abarcan aspectos generales y estructurales. Entre las principales recomendaciones están:

-La comisión resalta la importancia de continuar con las investigaciones iniciadas con la debida diligencia requerida para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades penales y administrativas pertinentes.

-También aconseja realizar acciones tendientes a recuperar la completa autoridad en la administración de la gestión penitenciaria, como el mantenimiento de la seguridad interna, y la provisión de los elementos básicos necesarios para la vida de las personas detenidas.

-Establecer medidas específicas con el fin de prevenir, identificar y sancionar los hechos de corrupción en los centros penitenciarios. Adoptar medidas para combatir prácticas que pueden incentivar espacios de corrupción que encarecen la vida en prisión. En este sentido, debe evitarse la imposición de restricciones innecesarias a la entrada de alimentos y otros artículos de primera necesidad.

-Evitar de manera efectiva el ingreso de armas, drogas, alcohol y de otras sustancias u objetos prohibidos por la ley, a través de registros e inspecciones periódicas, y la utilización de medios tecnológicos u otros métodos apropiados. Todos los procedimientos de ingreso y de control deben ser estandarizados, y realizarse de conformidad con los estándares internacionales en la materia.

-Identificar las personas privadas de la libertad que deban ser sujetas a medidas restrictivas excepcionales a la movilidad o separación dentro de los centros penitenciarios hasta recuperar el control de los mismos.

-Se recomienda que las políticas de prevención de violencia se diseñen y apliquen como parte del marco general de políticas penitenciarias integrales. Ello, a fin de que tanto la situación de violencia y otros problemas estructurales de las cárceles puedan abordarse conjuntamente.

-Adoptar las medidas judiciales, legislativas, y administrativas requeridas para contar con una política criminal integral, y en consecuencia, reducir la población carcelaria. De manera prioritaria, no debe admitirse ninguna persona detenida al centro de privación de libertad Guayas No. 1. Ello, en atención a la sobrepoblación, los altos niveles de violencia y la falta de control efectivo por parte de las autoridades.

-Continuar con la aplicación de indultos para extinción y conmutación de penas por delitos menores y sin violencia, procurando que los procesos se realicen de manera expedita a través de la determinación de parámetros claros y eliminación de requisitos que puedan resultar innecesarios.

-Modificar la legislación penal ecuatoriana a fin de despenalizar o establecer penas que no impliquen privación de la libertad para conductas que por sus características e impacto en la sociedad no deberían ser criminalizadas, tales como falta de pago de alimentos, infracciones de tránsito, y delitos menores relacionados con drogas. 

Fuente: El Universo

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