El 96 % de lo que se factura hoy en día en Ecuador se hace electrónicamente, pero ese 4 % restante tiene un plazo inapelable de tres meses para contar con facturas electrónicas. Dicho plazo vence el 30 de noviembre de 2022. Así, el Servicio de Rentas Internas (SRI) busca, con base en lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Desarrollo Económico, que hasta esta fecha el 100 % de los negocios cumpla con este requisito.
De acuerdo con el director del SRI, Francisco Briones, ya han pasado ocho años desde que en 2014 se introdujo en Ecuador la facturación electrónica. También explica que hay un alto porcentaje que actualmente cumple este requisito. Esto significa que de la facturación de enero a junio que ascendió a $ 120.000 millones, unos $ 115.000 millones se facturaron electrónicamente.
Briones indica que de la obligación se exceptúan los negocios populares que son aquellos que venden hasta $ 20.000 al año y que solo están obligados a emitir notas de venta. Aunque estos últimos sí tendrían la obligatoriedad de emitir un comprobante de venta electrónico en actividades no sujetas al RIMPE (Régimen Simplificado de Negocios Populares y Emprendedores).
De acuerdo con el SRI, la facturación electrónica es ventajosa, por una parte, porque disminuye el riesgo de falsificación y facilita la entrega de los comprobantes de venta. Es que cada una de las facturas que se emiten deben contar con una firma digital, esto permite corroborar el origen e integridad de la factura y la validez ante el SRI.
Los negocios que emiten este tipo de documentos electrónicos tienen mayor seguridad en el resguardo de los documentos, ahorro en el gasto de papelería, archivo físico y contribuye al medio ambiente, debido al ahorro de papel y tintas de impresión.
También se facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, ya que la información de compras y ventas respaldadas en comprobantes electrónicos se visualiza prellenada en las declaraciones sugeridas.
Emitir comprobantes electrónicos es más barato que dar facturas físicas, las empresas ahorrarán en la emisión de documentos, impresión, envío, recepción y almacenamiento.
Con la facturación electrónica se puede realizar la operación de forma digital desde un software, donde se solicita la autorización al SRI y la transacción queda encriptada. Los documentos pueden ser consultados por ambos actores desde el portal web del SRI, evitando el tener que movilizarse a un lugar físico; así se ahorra tiempo y costos.
Si el contribuyente no ha solicitado la autorización para emitir facturas electrónicas, desde el 30 de noviembre de 2022 sus facturas físicas no serán válidas. Al emitirlas corre el riesgo de usar facturas caducadas y no autorizadas, con lo que incurre en una ilegalidad.
A partir del 30 de noviembre de 2022, si los contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos necesitan solicitar comprobantes físicos, para su uso en casos excepcionales, deberán estar previamente autorizados en el ambiente de producción de comprobantes electrónicos.
En el caso de los nuevos contribuyentes que sean calificados como agentes de retención por el Servicio de Rentas Internas, incluidos los contribuyentes especiales, deberán implementar el comprobante de retención electrónico en la versión ATS.
¿Pero cuáles son los requisitos y el proceso para obtener el sistema de facturación electrónica?
Joselyn Briceño, ejecutiva de cuenta de Factura Soft, explica que quienes deseen por voluntad propia o por obligación con el SRI obtener el sistema de facturación electrónica deben contar con una firma electrónica; tener su clave de acceso a SRI en línea, un convenio de débito registrado y un software que genere comprobantes electrónicos. Además siempre deberá tener una conexión a internet.
Ella señala que los contribuyentes, personas naturales o jurídicas, pueden hacerlo a través del SRI, pero también lo pueden hacer contratando los servicios de ciertas empresas privadas autorizadas.
Briceño agrega que en el caso de Factura Soft el trámite es 100 % en línea y que también pueden apoyar a los contribuyentes en la obtención de la firma electrónica al estar asociados con ANF. Para mayor información se puede consultar en https://facturasoft.com/.
El SRI explica, por su parte, que son cinco los pasos para poder ejecutar la facturación electrónica.
PASO 1. Gestión de firma electrónica con número de RUC
Esto se lo puede hacer a través de entidades como
• Banco Central del Ecuador
• Consejo de la Judicatura
• ANF AC Ecuador
• Security Data
• Uanataca
• Eclipsoft
• Datil Media
PASO 2. Generar clave
Este trámite se lo puede realizar en las Agencias del SRI o en línea: www.sri.gob.ec.
PASO 3: Registrar la cuenta bancaria para el débito automático
Para registrar una cuenta bancaria, primero hay que ingresar a www.sri.gob.ec , luego elegir SRI en línea e iniciar sesión e ingresar identificación y contraseña. Adicionalmente debe acceder al menú Pagos, en la opción: Registro convenio de débito bancario. Se debe registrar la información requerida y confirmar el registro y la aceptación de responsabilidad.
PASO 4. Obtener autorización
Se requiere generar la autorización para emitir comprobantes de venta en el sistema de facturación electrónica de SRI en línea, en los ambientes de pruebas y de producción. La autorización de emisión electrónica en ambos ambientes se realiza por una sola vez y es indefinida.
PASO 5. Tener un software que genere facturas electrónicas
Se puede adquirir un sistema de facturación propio o contratado. El SRI pone a disposición dos herramientas gratuitas: SRI y Yo en Línea, Facturador electrónico gratuito. También se pueden obtener sistemas de empresas privadas que tienen varias opciones y facilidades, dependiendo del cliente.
Fuente: El Universo